Régimen laboral para personal que trabaja en Organismos Deportivos Privados que reciben fondos públicos

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Manuelita Cabezas-Mejía
Clara Daniela Romero-Romero

Resumen

Resumen


Para el desarrollo social es necesario que se expidan normativas; específicamente en este trabajo se analizará el efecto de los vacíos legales en el ámbito laboral, para los organismos privados que se enfocan en el deporte, pero que reciben fondos públicos. Entendiendo que la Constitución, el bloque constitucional y la ley, rigen los principios creacionistas de estos organismos, con fines humanistas; pero no se ha contemplado integralmente la norma especializada de manera administrativa. Siendo uno de sus desenlaces, que dentro de juicios con esa materia de litis, hayan decisiones contradictorias y que necesitan una urgente regularización para una buena fundamentación. A partir del contexto de las comunidades y de los sistemas jurídicos, se contempla la responsabilidad del Estado de prestar las posibilidades para hacer válido el derecho constitucional reconocido en el artículo veinticuatro, de la práctica del deporte a sus ciudadanos; artículo treinta y nueve, que textualmente exige al Estado garantizar, promover y asegurarse de la permanencia de este derecho; igualmente en el Régimen del Buen Vivir de la Carta Magna, artículo trescientos cuarenta, especifíca la coordinación y condiciones para componer la planificación de la puesta en realidad del deporte. Sin embargo, aun con la Ley del Deporte, tratados internacionales y normativas internas de cada organismo; hay una confusión correlacionada en cada “sana crítica” de los poderes del Estado, especialmente de lo judicial y ejecutivo. Interpretación que es susceptible a la distorción por falta de bases sólidas en la Ley.


Palabras clave: organismos deportivos, deporte, Constitución, laboral.


 


Abstract


For social development it is necessary that regulations be clearly emitted; Specifically, this paper will analyze the effect of legal gaps in the workplace, for private organizations that focus on sports, but they receive public funds. Understanding that the Constitution, the constitutional block, and the law, govern the creationist principles of these organisms, with humanistic ends; but the specialized rule has not been fully contemplated administratively. Being one of its outcomes, that within trials with this matter of litis, there are contradictory decisions and that they need an urgent regularization for a good foundation. From the context of communities and legal systems, the responsibility of the State is contemplated to provide the possibilities to make valid the constitutional right recognized in article twenty-four, of the practice of sport to its citizens; article thirty-nine, which literally requires the State to guarantee, promote and ensure the permanence of this right; also in the Regime of Good Living of the Magna Carta, article three hundred and forty, specifies the coordination and conditions to compose the planning of the implementation of sport. However, even with the Sports Law, international treaties and internal regulations of each body; there is a correlated confusion in each "sound criticism" of the powers of the State, especially the judicial and executive. Interpretation that is susceptible to distortion due to lack of solid foundations in the Law.


Keywords: sports organizations, sports, Constitution, labor law

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Cómo citar
Régimen laboral para personal que trabaja en Organismos Deportivos Privados que reciben fondos públicos. (2022). REVISTA DE INVESTIGACIÓN SIGMA, 9(02). https://doi.org/10.24133/sigma.v9i02.2838
Sección
Artículos

Cómo citar

Régimen laboral para personal que trabaja en Organismos Deportivos Privados que reciben fondos públicos. (2022). REVISTA DE INVESTIGACIÓN SIGMA, 9(02). https://doi.org/10.24133/sigma.v9i02.2838