Revista de Ciencias de Seguridad y Defensa (Vol. VI, No.4, 2021) pp. 21-36

Derechos Humanos y Seguridad Ciudadana

Human rights and citizen security

Pablo David Pazmay Pazmay

Departamento de Ciencias Humanas y Sociales

Universidad de las Fuerzas Armadas ESPE, Sangolquí, Ecuador

pdpazmay@espe.edu.ec

Resumen

En el presente artículo se analiza el tema derechos humanos y seguridad ciudadana en el Ecuador. El objetivo es determinar qué organismos, programas, planes o estrategias son empleadas por el gobierno para la conservación de los derechos humanos en cuanto a la seguridad ciudadana brindada al país. La metodología utilizada fue deductiva, mediante la indagación de fuentes de información como revistas en línea, artículos, leyes y planes de desarrollo, se partió del tema general derechos humanos y seguridad ciudadana, y se llegó a la conclusión de que el Gobierno es quien establece los organismos de seguridad ciudadana, tales como Ministerio de Defensa, Policía Nacional, Fuerzas Armadas y Municipios locales, al igual que las funciones de cada una de estas, las estrategias son desarrolladas conforme la necesidad y alcance de cada institución. También se aplicó una encuesta ad hoc, respectivamente validada a través del estadístico alfa de Conbrach para diagnosticar el estado actual de la inseguridad ciudadana en la ciudad de Ambato a través de un corte transversal no experimental.

Palabras clave: Derechos humanos; estrategias; seguridad ciudadana.

Abstract

This article analyzes the topic of human rights and citizen security in Ecuador. The objective is to determine what agencies, programs, plans, or strategies are used by the Government to preserve human rights in terms of citizen security provided to the country. The methodology used was deductive by investigating information sources such as online magazines, articles, laws, and development plans, starting from the general topic of human rights and citizen security. An Ad Hoc survey was also applied, respectively validated through Conbrach's alpha statistic to diagnose the current state of citizen insecurity in the city of Ambato through a non-experimental cross-section. It was concluded that the Government is the one who establishes the Citizen security organizations such as the Ministry of Defense, National Police, Armed Forces, and local Municipalities, as well as the functions of each of these, the strategies are developed according to the need and scope of each institution.

Keywords: Citizen security; human rights; strategies.

1 Magíster en Gerencia de Proyectos Educativos y Sociales, Abogado de los Tribunales del Ecuador, Licenciado en Ciencias de la Educación, Tutor externo posgrado de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador Sede Ambato, Docente a Contrato de la Universidad de las Fuerzas Armadas - ESPE

Fecha de Recepción: 30/10/2021 - Aceptado: 15/12/2021 – Publicado: 31/12/2021

ISSN: 2477-9253 – DOI: https://dx.doi.org/10.24133/RCSD.VOL06.N04.2021.02

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I. Introducción

Actualmente el Ecuador se encuentra en el proceso de cambio de gobierno y con esto existe la certeza de un cambio en la normativa de seguridad ciudadana. A causa de estas reformas se puede cuestionar ¿Cuál es el status actual del gobierno en cuanto a estrategias para afrontar la seguridad? ¿A qué organismos les compete la administración de la seguridad ciudadana? Por esta razón, este artículo se centra en el estudio de la administración de la seguridad ciudadana por parte del Gobierno Ecuatoriano.

Las normas que ha establecido del gobierno para manejar el área de seguridad se centran en planes y en leyes que aportar al bienestar ciudadano. En el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 “Toda una Vida” se puede observar varios objetivos a favor de los derechos de seguridad ciudadana:

Objetivo 1: Garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas.

Objetivo 7: Incentivar una sociedad participativa, con un Estado cercano al servicio de la ciudadanía.

Objetivo 8: Promover la transparencia y la corresponsabilidad para una nueva ética social.

Objetivo 9: Garantizar la soberanía y la paz, y posicionar estratégicamente el país en la región y el mundo.

En el desarrollo de este estudio se podrá observar los objetivos de cada objetivo general del plan Nacional “Toda una Vida”.

En apoyo a la seguridad ciudadana el gobierno ha establecido en la Constitución de la República del Ecuador específicamente en el artículo 23 que:

La seguridad ciudadana es una política de Estado, destinada a fortalecer y modernizar los mecanismos necesarios para garantizar los derechos humanos, en especial el derecho a una vida libre de violencia y criminalidad, la disminución de los niveles de delincuencia, la protección de víctimas y el mejoramiento de la calidad de vida de todos los habitantes del Ecuador.

Con el fin de lograr la solidaridad y la reconstitución del tejido social, se orientará a la creación de adecuadas condiciones de prevención y control de la delincuencia; del crimen organizado; del secuestro, de la trata de personas; del contrabando; del coyoterismo; del narcotráfico, tráfico de armas, tráfico de órganos y de cualquier otro tipo de delito; de la violencia social; y, de la violación a los derechos humanos.

Se privilegiarán medidas preventivas y de servicio a la ciudadanía, registro y acceso a información, la ejecución de programas ciudadanos de prevención del delito y de erradicación de violencia de cualquier tipo, mejora de la relación entre la policía y la comunidad, la provisión y medición de la calidad en cada uno de los servicios, mecanismos de vigilancia, auxilio y respuesta, equipamiento tecnológico que permita a las instituciones vigilar, controlar, auxiliar e investigar los eventos que se producen y que amenazan a la ciudadanía.

Conforme a estos artículos se debería asegurar la estabilidad humana por medio de políticas y actividades integradas para prevenir las maneras de maltrato y discriminación, por lo que se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de régimen la planeación y aplicación de estas políticas. Se necesita articular los diversos organismos que componen los sistemas establecidos en la Constitución y la ley con los organismos de derecho privado para conseguir eficiencia, efectividad y efectividad en las políticas públicas orientadas a una mejor calidad de vida. En la Constitución constan más artículos sobre los derechos a la seguridad ciudadana, los cuales se muestran más adelante.

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Es necesario impulsar una sociedad que pueda brindar un buen vivir y desarrollo integral, con un Estado que asume sus responsabilidades y una sociedad activa que coadyuva a estas metas, por lo que es primordial poner en práctica diferentes tipos de estabilidad que asegura el Estado y que permanecen entendidos en la estabilidad pública.

II. Materiales y Métodos

La metodología utilizada consiste en el análisis teórico y documental sobre derechos humanos y seguridad ciudadana. Primero, se realiza una aproximación de conceptos a los principales términos a través del método documental exploratorio, el cual permite suministrar el enfoque deseado. También se emplea el método deductivo, para determinar qué organismos, programas, planes y/o estrategias administra el gobierno ecuatoriano en favor de la seguridad ciudadana. Esta metodología se sustenta de fuentes de información como: artículos científicos, tesis, sitios web, libros, leyes, planes de desarrollo, entre otros. Finalmente, se emplea el método cuantitativo, para suministrar datos como diagnóstico de la inseguridad ciudadana en la ciudad de Ambato, lo cual se realiza mediante la aplicación de una encuesta ad hoc constituida por 17 ítems y cuatro opciones de respuesta. Encuesta orientada a una muestra de 1000 personas relacionadas con el tema. El diseño que se utilizó para para esta investigación es no experimental de corte transversal. La encuesta fue validada a través de criterios de expertos y a través del programa SPSS se sacó el estadístico de fiabilidad del Alfa de Cronbach, el mismo que obtuvo una fiabilidad aceptable, considerablemente de 0.82.

III. Evaluación de Resultados y Discusión 3. 1. Derechos Humanos

Históricamente se concibe que varias condiciones históricas produjeron movimientos sociales que exigieron los primeros derechos humanos. De acuerdo a Ramírez (2018), “la dirección histórica de los derechos humanos sobre la distinción generacional consideró, en principio, los valores de libertad, igualdad y solidaridad, como eje básico del ideario revolucionario” (p. 146). Estos valores son base fundamental del origen de más derechos. El simple hecho de considerarnos seres humanos nos otorga muchos derechos. Barragán y Abellán (2016), manifiestan que “los derechos humanos apa- recen como el marco idóneo para construir una ética que tenga como horizonte la consecución de las condiciones para que todos, puedan llevar a la práctica su concepción propia, nunca impuesta desde el exterior, de dignidad humana (p. 3111). Lo que conlleva a deducir, que los derechos humanos son inalienables y universales.

Todas las personas nacemos libres e iguales en dignidad y derechos. Según Ramírez (2018), “los de- rechos reciben la designación de humanos por corresponder a la naturaleza común de unos seres. Se considera una esencia común a todos los hombres, que a su vez se constituye en diferencia específica frente a otros seres vivientes” (p. 144). La parte racional del humano es lo que como ser lo hace cons- ciente de sus derechos. Barragán y Abellán (2016), señalan que “siendo los derechos humanos no más ni menos que la respuesta normativa a un conjunto de necesidades y expectativas que se pretenden satisfacer, necesidades y expectativas que en todo momento se entiende pueden mutar a lo largo del tiempo” (p. 3110). Los derechos preservan la condición digna de vida para el ser humano.

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Los derechos humanos tienen la característica de ser intrínsecos del ser humano. Acorde a Ramírez (2018), “un sujeto autónomo, dueño de sí, es reconocido como titular de unos derechos identificados racionalmente. Así, se configura la idea de los derechos humanos, comprendidos como derechos naturales racionales” (p. 143). Evidentemente, es propio del ser humano los derechos para que los resguarden en una esfera de libertad y dignidad. Ramírez (2018), sostiene que “los derechos humanos han sido comprendidos como exigencias en nombre de una moralidad universal que define la condi- ción de un ser personal que se proclama como digno, libre e igual (p. 141). Ciertamente, estos no son un privilegio, nadie los concede ni tampoco nadie los puede vedar.

La educación en los derechos humanos que cada sujeto posee, permite una culturalización sobre es- tos. De acuerdo a Gonzales (2019), “la cultura de derechos humanos se construye después de haber logrado estándares universales de educación y respeto a favor de todos los integrantes de una socie- dad” (p. 192). Indudablemente, el conocimiento de los derechos otorga poder sobre su ejecución. Yerovi (2015), sostiene que “las normas universales de derechos humanos son clave porque sientan las bases para ejercer la responsabilidad penal individual a nivel doméstico (p. 54). Ciertamente, es responsabilidad ciudadana conocer y demandar sus derechos. Ávila y Mendizábal (2019), manifies- tan que “los principios en que descansan los derechos humanos se encuentran caracterizados por su universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad” (p. 23). El acato de los derechos se encuentra en el énfasis de su universalidad.

Es una responsabilidad del Estado educar a los ciudadanos sobre los derechos que posee. Gonzales (2019) asegura que “una sociedad culturalizada es capaz de conocer y reconocer el ejercicio de los derechos que le confiere la Constitución, de lo contrario, sin una cultura de derechos humanos no se podrá exigir ni luchar por ellos (p. 191). Por esta razón, el individuo debe estar consciente de cuáles son sus derechos y exigir que se los cumplan. Barragán y Abellán (2016) argumentan que el propósito es “poder disfrutar de la libertad y del estado de derecho, creando condiciones para desarrollar las potencialidades humanas de un poder constituyente difuso que se componga no de imposiciones o exclusiones, sino de generalidades compartidas” (p. 3109). La inclusión en toda su concepción es la clave para fortalecer el acatamiento de los derechos.

El cumplimiento de los derechos humanos se da a partir de la racionalidad del individuo sobre estos. Gonzales (2019) asegura que “una cultura a favor de los derechos humanos implica no solo un em- poderamiento basado en el mínimo conocimiento sobre los derechos, sino también, en la actuación legal o cultura de la legalidad que significa poder exigir su cumplimiento” (p. 192). Claramente, se entiende que el acatamiento de los derechos no solo debe darse por parte del Estado, sino también por parte de los ciudadanos. Según a Ávila y Mendizábal (2019), “los derechos implican expectativas de actuar por parte del Estado, a través de la generación de legislación y en muchos casos políticas pú- blicas para lograr su materialización” (p. 24). Esto indica que, los derechos deben estar contemplados y garantizados por el gobierno.

3. 2. Seguridad Ciudadana

En el pasado, la seguridad de la ciudadanía asumía un enfoque difuso, el cual fue precisado a través de los años. De acuerdo a Jarrin (2016), en el pasado “se toma en cuenta los riesgos y amenazas de orden económico, ambiental, de identidad étnica, cultural, de identificación, ejercicio político y de derechos humanos, con lo cual la seguridad sufre una expansión que no se sabría en donde parar” (p.

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12). Por esta razón, los gobiernos crearon organismos enfocados en la seguridad ciudadana. Guerrero, Balseca y Guerrero (2021), manifiestan que en la actualidad “Latinoamérica, en las últimas décadas se han hecho esfuerzos importantes sobre la seguridad ciudadana científica y operativamente, a través de reformas gubernamentales e injerencias para reducir actividades delictivas, así como prevenir y controlar la violencia y la reinserción social” (p. 2). Se han creado estrategias innovadoras para el bienestar y progreso de la sociedad.

La complejidad de la seguridad humana incide en el desarrollo del ser humano. Guerrero, Balseca y Guerrero (2021), argumentan que “tratar la seguridad ciudadana es un tema complejo para combatir la delincuencia, que contempla normas de convivencia, resolución de conflictos, eficiencia del sistema de justicia y del sistema penitenciario” (p. 4). La finalidad es velar por el disfrute de los derechos de seguridad fundamentales para el sujeto. Según García y Devia (2018), “el tema cultural hace parte integral de las diversas teorías y políticas públicas de seguridad ciudadana, al ser un factor que com- plementa el análisis y la explicación de otros factores causantes de la violencia y el delito” (p. 178). Se entiende que, la educación cultural sobre los derechos en seguridad ciudadana define fuertemente el acatamiento de estos.

La seguridad ciudadana es un derecho de todo ser humano para desempeñarse y desarrollarse en la sociedad sin ningún tipo de vulnerabilidad. De acuerdo a Ridaura (2014), la seguridad ciudadana es la “protección de las personas y bienes frente a acciones violentas o agresiones, situaciones de peligro o calamidades públicas, distinguiéndose del orden público” (p. 336). Evidentemente, la seguridad ciudadana se enfoca en el bienestar de los ciudadanos. Según Guerrero, Balseca y Guerrero (2021), “puede entenderse a la seguridad ciudadana como un enfoque de seguridad humana, que tiene como centro las personas, sustentada en articulación institucional y en las leyes para procurar mejorar el nivel de vida de las personas y reprimir el delito” (p. 2). Se entiende, que es responsabilidad del go- bierno brindar un ambiente libre de riesgos a sus habitantes.

El derecho a la seguridad ciudadana es la respuesta efectiva a todo tipo de riesgo. Acorde a Guerrero, Balseca y Guerrero (2021), “todo tipo de actos que atenten contra la vida de un ser humano implican el desacato a la ley; de allí que los esfuerzos permanentes del Estado para responder al resguardo fí- sico y emocional como derecho de todo ciudadano” (p. 3). Ciertamente, la integridad de las personas es un derecho protegido por el Estado. Zavaleta (2017), asegura que el objetivo de la seguridad ciu- dadana es “la solución de conflictos y el control de diversos tipos de violencia; se basa, en la cultura de legalidad, del desempeño eficaz de las instituciones policiales y judiciales, para la protección de la vida y las libertades de los ciudadanos” (p. 181). Se comprende, que a través de normas del gobierno se puede establecer la administración de la seguridad.

La administración del Estado debe garantizar a los ciudadanos un ambiente de seguridad y libertad. De acuerdo a García y Devia (2018), es necesaria “la implementación de políticas de seguridad ciu- dadana desde un enfoque multisectorial que incluyan medidas de prevención, de tipo pedagógico, reformas institucionales, inversión pública, cambios en la relación gobierno y comunidad, voluntad política, y la adopción de sistemas de información” (p. 166). No solo es necesario crear estrategias de control y prevención para afrontar los riesgos sino también generar un ambiente de paz. Guerrero, Balseca y Guerrero (2021) manifiestan que “las formas de abordar los problemas relacionados directa e indirectamente con la seguridad ciudadana, procurando reducir la violencia de manera sistémica, la cual integra la prevención, el control, la aplicación de justicia, y la rehabilitación social, entre otros aspectos” (p. 2). En ejecución, se trata de mejorar la calidad de vida; comunidad, educación, justicia.

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Debe existir un accionar de la ciudadanía, el gobierno y las entidades públicas y privadas en beneficio de la seguridad. Guerrero, Balseca y Guerrero (2021) aseguran que “con el objeto de minimizar la cantidad de delitos y reducir la frecuencia de la violencia debe impulsarse activamente la participa- ción ciudadana, pues ella genera apoyo y compañerismo entre las personas y funcionarios públicos de seguridad” (p. 2). Se comprende que, el gobierno debe salvaguardar la integridad de las personas, debe generar condiciones de convivencia ciudadana con valores y administrar correctamente los orga- nismos encargados de la seguridad. Según Jaramillo (2015), “la necesidad de replantear las funciones de los gobiernos locales frente a la seguridad ciudadana, con el fin de modernizar al sector seguridad, de tal forma que esta se dote de capacidades que guarden proporción en contra de las amenazas” (p. 297). Indudablemente, la capacidad del estado debe ser mantener un normal desarrollo de las activi- dades de los ciudadanos (ver Tabla 1).

Tabla 1: Ley de Seguridad Pública y del Estado

Nota: Datos tomados del Sitio oficial de la COP26 (2021)

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Nota. Obtenido de Constitución de la República del Ecuador

Se puede observar que el Estado ha establecido varias leyes a favor de la seguridad ciudadana. Pero como se ha mencionado anteriormente, los ciudadanos son los principales responsables de educarse en estas normas y exigir el acatamiento de las mismas (ver Tabla 2).

Tabla 2: Plan Nacional “Toda una Vida”

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Nota. Obtenido del Plan Nacional “Toda una Vida”

El propósito de este plan es mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, se observa que hay varios objetivos que fortalecen la ley de seguridad ciudadana. La responsabilidad del Estado es generar estrategias para frenar y afrontar el accionar delincuencial mediante organismo de seguridad como las fuerzas armadas la policía nacional. De acuerdo a Jaramillo (2015) “Es importante señalar las di- ferencias entre la seguridad nacional, responsabilidad que normalmente recae en las fuerzas militares o armadas, y la convivencia y la seguridad ciudadanas, función de la policía” (p. 289). El Gobierno es quien administra las entidades militares y policiales. De acuerdo a la Constitución de la República del Ecuador en el Articulo 147 “son atribuciones y deberes del presidente de la República, además de los que determine la ley, ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Na- cional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial”. Según a la Ley de Defensa se puede observar en el Artículo 3 que los aspectos político-administrativos los implementará a través del Ministerio de Defensa Nacional y en los aspectos militar-estratégicos, con el Comando Conjunto.

La Policía Nacional es el organismo con mayor responsabilidad en cuanto a la seguridad ciudadana. En el Artículo 163 se observa que la Policía Nacional es una institución estatal de carácter civil, arma- da, técnica, jerarquizada, disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya misión es atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional. De acuerdo a Ridaura (2014) “el papel esencial que juega la Policía en la consecución de una sociedad en paz que disfrute del orden y de la seguridad pública para el pleno ejercicio de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales” (p. 325).

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Evidentemente, la Policía Nacional tiene una gran responsabilidad con la ciudadanía en relación a sus derechos de seguridad.

Las Fuerzas Armadas también están vinculadas con la seguridad de la sociedad, sin embargo, estas instituciones se especializan en materia de seguridad nacional. Según Caicedo (2019) se debe optimi- zar “los medios que permitan a las FF.AA. precisar los medios humanos, materiales, financieros y tec- nológicos en términos de capacidades militares que requiere el país para neutralizar o eliminar tales amenazas y disminuir los riesgos (p. 2). Ciertamente, es una institución que promueve la eliminación, disminución, prevención y control de los riesgos que pueden afectar a la ciudadanía.

Acorde al Artículo 35 de la complementariedad de acciones de las Fuerzas Armadas y Policía Nacio- nal. Declarado el estado de excepción y siempre que el presidente de la República haya dispuesto el empleo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, deberán coordinar acciones para que las Fuer- zas Armadas apoyen a la Policía Nacional, responsable del mantenimiento del orden público, hasta que este haya sido restablecido. Será el ministro de Gobierno, Policía y Cultos el responsable de la coordinación de las acciones entre la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas (ver Tabla 3).

Tabla 3: Administración de la Seguridad Ciudadana

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Nota. Obtenido del Plan Nacional de Seguridad Integral, Policía Nacional, Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Ministerio

de Defensa.

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Como se puede observar, los organismos son establecidos por el Gobierno, al igual que sus funciones, mientras que las estrategias son desarrolladas por cada institución dependiendo de su responsabilidad y alcance. Estos son los métodos que utiliza el Estado para fortalecer el bienestar ciudadano, defen- diendo sus derechos en relación a la seguridad ciudadana.

3. 3. Análisis Cuantitativo de Resultados

En la Tabla 4 y en la Figura 1 se puede observar los resultados de la encuesta que se aplicó a 1000 personas aleatoriamente, como diagnóstico de la situación actual de la inseguridad ciudadana en la ciudad de Ambato. El cuestionario está constituido con un total de 17 ítems con cuatro opciones de respuesta. Los nueve primeros ítems están relacionados con los efectos de la inseguridad ciudadana y los ocho siguientes sobre las causas de la inseguridad ciudadana.

Validación

La validación del cuestionario se realizado a través de la aplicación de una prueba piloto a 100 personas seleccionadas al azar.

Se aplicó validación por criterio de dos expertos en el tema de derechos humanos y seguridad ciudadana y a través del Estadístico de fiabilidad del Alfa de Cronbach por medio del programa SPSS resultó una fiabilidad aceptable de 0.82.

Tabla 4: Diagnóstico de la seguridad ciudadana

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Figura 1: Efectos de la inseguridad ciudadana

En cuanto a los efectos de la inseguridad ciudadana se puede apreciar:

La mayor parte de las personas encuestadas han vivido, observado o escuchado accidentes como actos de inseguridad ciudadana con poca frecuencia;

Los asaltos son los actos que frecuencia los encuestados han presenciado;

Los actos de violación tienen una menor frecuencia;

La delincuencia es el acto en general de inseguridad ciudadana experimentado con mucha frecuencia.

Figura 2: Causas de la Inseguridad Ciudadana

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En relación a las causas de la inseguridad ciudadana, la Figura 2 ilustra que:

El alcohol es el factor más frecuente;

Se presencia a menudo la carencia alimentaria;

Con poca presencia se manifiesta la insuficiencia en educación;

Y casi nula la frecuencia en actos de narcotráfico.

IV. Conclusiones

Los derechos en cuanto a seguridad ciudadana se centran en la eliminación, diminución, control y pre- vención de riesgos que afecten el desempeño y desarrollo de las actividades cotidianas del ser humano.

El estado debe garantizar un ambiente de paz, libertad y seguridad a los ciudadanos. Mediante la ad- ministración de normas, estrategias y organismos que fortalezcan la seguridad ciudadana y puedan enfrentarse a cualquier amenaza. Los planes nacionales de desarrollo y las leyes establecidos en la Constitución son parte de las estrategias creadas en cumplimiento de los derechos humanos de seguri- dad ciudadana.

Los organismos involucrados en la administración de la seguridad ciudadana son: el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y los Municipios locales de cada ciudad. La Policía Nacional es la responsable de la convivencia y la seguridad ciudadana. Las Fuerzas Armadas están delegadas a cuidar de la seguridad nacional. El Ministerio de Defensa se encarga de dirigir la Política de Defensa y administrar las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, armonizando las acciones entre las funciones del Estado y estas instituciones. Los Municipios locales tiene la obliga- ción de hacer cumplir y dar seguimiento a las normas y leyes establecidas por el Estado. Sin embargo, el rol más importante dentro de la seguridad cuidada está designado al ciudadano, en efecto de sus de- rechos, este debe exigirlos que se cumplan.

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